Quién puede solicitar concurso de acreedores

Hoy en día existe una legislación concursal que está hecha con el propósito de mantener la operatividad de aquellas organizaciones que se encuentran en una situación empresarial difícil. Esta legislación consta de la Ley Concursal y la legislación mercantil que establecen de forma clara y precisa el que, como, cuando y porque se debe aplicar este beneficio.

De acuerdo a lo establecido en la Ley Concursal pueden presentarse las personas jurídicas como las personas particulares. En caso de ser necesario también se pueden solicitar las herencias yacentes en un concurso de acreedores, claro siempre y cuando estas sean aceptadas por los deudores o acreedores.

Una vez que se sabe que se puede solicitar dicho concurso, el siguiente paso es saber cuando se debe realizar. Esto lo podemos ver en la Ley Concursal, en su artículo 2 y complementarlo con lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital. Asimismo, en su artículo 5 se establece que debe realizarse el concurso de acreedores cuando se estime que una persona física como un empresario o una organización como una sociedad mercantil, va hacia una insolvencia inminente, llegando a tener con ello fondos negativos, teniendo consigo un tiempo estipulado de dos meses para presentar dicho concurso.

En caso de que una compañía tenga conocimiento de lo antes mencionado y transcurran dos meses sin adoptarse ningún plan de rescate, la sociedad de accionistas como tal tienen la obligación de presentar un concurso de acreedores.

Ten en cuenta que este tipo de concurso no sucede cuando el acreedor solicita dicho evento para un deudor, sino que este puede instar a los deudos que lo soliciten, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de esta Ley, señala que los deudos y los acreedores tienen 3 meses para llegar a un acuerdo.

Por lo tanto, si estas al frente de la dirección administrativa de una compañía debes conocer bien todos estos detalles y porque una sociedad solicita ante un juzgado o saber bien por qué un acreedor está instando realizar un concurso de acreedores para su deudor. Sin duda te permitirá sacar a flote tu compañía.

¿Sabes que es una situación de insolvencia presente o inminente?

Esto ocurre después de un análisis previo donde se vislumbra en un futuro próximo alrededor de 6 meses, que la compañía estará imposibilitado en atender sus compromisos. En este periodo es cuando entra en juego la aplicación del concurso de acreedores para poder ayudar a tu compañía.

Llevándolo a términos médicos podemos decir que esto sucede cuando llevas a una persona con una herida al hospital con el fin de tener varias opciones para salvar la compañía. Al no contar con el concurso de acreedores ocurrirá lo contrario y es posible que no se pueda salvar tu empresa.

Recuerda que en caso de que tu acreedor sepa de la difícil situación que tu compañía está pasando en cuanto a los impagos que estás teniendo afectando con ello tu línea principal de producción, o que está faltando a los pagos tributarios en un periodo de tres meses, entre otros tipos de impagos, también si dispone de un conocimiento de prácticas apresuradas como la elevación de precios, además de liquidaciones rápidas de tus bienes, Asimismo si tu acreedor conoce. El acreedor puede solicitar la inclusión de tu compañía que está en números rojos a un concurso de acreedores

¿Cómo solicitar un concurso de acreedores?

A menudo se hace mediante una solicitud impresa de declaración por estado de insolvencia inminente, debido a que prevé que no podrá cumplir con sus diferentes obligaciones de manera puntual y constante como lo venía realizando. Aunado con la solicitud del concurso, el deudor debe aportar toda la información financiera junto con su historial tanto jurídico como económico de sus últimos tres años de ejercicio, también debe dar las causas que lo llevaron a estar ante tal situación junto con las valoraciones y posibles propuestas acerca de la viabilidad del patrimonio. Sin embargo, la solicitud de un concurso de acreedores variará en el tipo de deudor que lo solicite.

  • Cuando el deudor sea una persona física

Si el deudor es una persona física y este casado, este debe expresarlo en un informe junto con la identidad de su cónyuge y colocar el régimen económico matrimonial con el que cuentan.

  • Cuando el deudor sea una persona jurídica

En caso de que el deudor sea una persona jurídica, deben brindar información como: La identidad de todos los socios y asociados que disponga, además de los gerentes, auditores y liquidadores de las cuentas, Asimismo se debe dejar constancia si dicha empresa forma parte de un grupo empresarial o no.

También se debe brindar toda la información referente al inventario, los bienes que dispone con el valor con que los adquirió y el valor que dispone actualmente, señalando en cada uno las cargas y gravámenes que los afectan. Junto con esta información se debe dar el listado total de la plantilla de empleados que cuenta la compañía.

Se debe anexar a estos informes la relación de acreedores que cuenta la empresa, donde aparecerá la identidad de cada uno de ellos, su domicilio el monto que se le debe a cada uno de ellos junto con las fechas de vencimiento de estas deudas. Igualmente se debe incluir la reclamación judicial de pago por parte de un acreedor en caso de que se haya iniciado, indicando como se está realizando el procedimiento y la situación actual del mismo.

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