¿Qué es un concurso de acreedores?
Cuando muchos escuchan la frase concurso de acreedores les da un poco de temor, ya que lo han asociado como método para acabar con empresas, lo cual no es así, de hecho, el concurso puede ayudar a mantener la empresa y flujo de trabajo en orden. El concurso de acreedores, le proporciona al empresario, sea persona física o jurídica, según la legislación mercantil, un escudo de protección para su organización e intereses.
El concurso de acreedores, está regulado por Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo. Este concurso tiene como principal finalidad implantar mecanismos de alerta frente al peligro de insolvencia, y además ofrecer una regulación más completa y coherente a los procesos de reestructuración preventiva de las deudas, simplificar el derecho concursal, incrementar la eficiencia, aligerar costes, y agrandar las modalidades de obtención del beneficio de liberación de deudas.
Para nadie es un secreto que, la crisis que se vive actualmente, ha acabado y puede acabar con un gran número de empresas, y todo por no saber aplicar las medidas de conservación previstas en el derecho concursal. Entonces, el concurso de acreedores se ha convertido en la solución para mucha compañía, sin embargo, es el empresario quién debe querer hacer todo este procedimiento para sacar a flote su empresa.
Entonces, lo primero que debes saber es que el concurso de acreedores es una herramienta que toda organización tiene para resolver una situación económica extraordinaria y de crisis. Específicamente, una compañía puede solicitar aplicar el concurso de acreedores una vez que no posee la suficiente liquidez para llevar a cabo sus obligaciones.
La Ley Concursal 22/2003 del 9 de julio del 2003 contempla que sólo participarán en el concurso de acreedores todas aquellas organizaciones que no tengan la posibilidad de cumplir con sus obligaciones económicas. Esto permite que la empresa pueda ir abonando todas las deudas que se hayan asumido con los acreedores. Para esto, el deudor debe señalar a detalle su estado de insolvencia.
¿Quién puede solicitar el concurso de acreedores?
La solicitud del concurso debe hacerse por el propio deudor o por cualquiera de sus acreedores. Es conocido que, este concurso debe contar con un mediador concursal, el cual se elegirá una vez que se empiece el método de consenso extrajudicial de pagos. Ahora bien, en el caso de que el deudor fuese una persona jurídica, deben pedir ante los organismos competentes el testimonio del concurso, estos organismos son los de gestión o de liquidación.
¿Cuándo podemos solicitar el concurso de acreedores?
Lo primero que debes saber, es que las empresas, para poder solicitar el concurso de acreedores debe estar en una situación en la que no le sea posible cumplir regularmente sus obligaciones, ya sean créditos, estabilidad socila, salarios, indemnizaciones, entre otras. Por eso es importante que la empresa debe especificar si la insolvencia es actual o inminente, ya que, para ley hay una diferencia entre ambas. La situación de insolvencia inminente es cuando el deudor prevé que no va a poder cumplir puntualmente sus obligaciones.
Este concurso, además se aplica para lograr cubrir la mayor cantidad de deudas posibles, y así poder evitar que cualquier acreedor reciba un trato nada favorable.
¿Cómo presentar el concurso de acreedores?
Debes tener presente que el dueño de la empresa, debe solicitar un concurso de acreedores para proteger a su negocio de los acreedores, sin embargo, además para defenderse él mismo, ya que, es su responsabilidad y una obligación exponer un concurso de acreedores para liquidar ordenadamente su organización. Hay empresarios, que a pesar de que su negocio se encuentra en una situación difícil, aun habiendo llegado a una insolvencia, siguen operando con el peligro que ello implica para los acreedores. Por otro lado, existen otros empresarios que, cesan sus actividades sin proceder a cerrar la compañía, de forma ordenada o sin exponer concurso de acreedores en el juzgado correspondiente.
Actualmente, la ley mercantil para defender a los terceros y a los aliados de la compañía insolvente o inmersa en razones de ruptura, ordena a los administradores de las organizaciones a borrar la causa de la insolvencia, o liquidar las organizaciones judicial o extrajudicialmente. Las razones de ruptura de una compañía que, obligan a un administrador a liquidar su organización o exponer concurso de acreedores son:
- El cese en el ejercicio de la actividad u ocupaciones por un tiempo mayor a un año.
- La conclusión del objeto social de la compañía.
- La imposibilidad de seguir cumpliendo con el fin social de la compañía.
- La paralización de los órganos sociales, que impiden el manejo de la organización.
- La acumulación de pérdidas, lo cual trae como consecuencia, la disminución del patrimonio neto de la sociedad a una porción inferior a medio capital social, siendo primordial incrementar o minimizar el capital social de la compañía.
- La reducción del capital social por debajo del mínimo legal, siempre y cuando sea por efecto del cumplimiento de una disposición legal; o luego del paso de un año a partir de la adopción del consenso de reducción, y que no se haya inscrito en el Registro Mercantil la transformación o la ruptura de la sociedad, o el incremento del capital social.
- Si el costo nominal de las participaciones sociales sin voto excede medio capital social y no se restablezca la proporción durante 2 años.
Pues bien, una vez que el empresario detecta que su sociedad está afectada por una o más razones de separación, su deber es liquidar la sociedad extrajudicialmente o comenzar la solicitud de concurso de acreedores voluntario en el juzgado mercantil, pero todo esto debe hacerse luego de 2 meses, a partir del que el administrador de la sociedad tiene entendimiento de que concurren una de las razones de separación y de insolvencia, si no lo hace en ese tiempo, el administrador debe cubrir sus deudas con su patrimonio.
Plazos para la solicitud del concurso de acreedores
Una vez el deudor conozca su estado de insolvencia, tiene la obligación legal de solicitar a lo largo de 2 meses la aplicación del concurso de acreedores.
Eso sí, antes de que se cumpla el plazo, este puede llevar ante el juzgado una prueba de que ha iniciado negociaciones para conseguir el consenso de refinanciación, o bien para requisitos necesarios para avanzar adelante con el concurso de acreedores.
Además, se debe considerar que a partir de la presentación de la comunicación no van a poder iniciarse ejecuciones judiciales o extrajudiciales de bienes o derechos que resulten necesarios para la continuidad de la actividad profesional o empresarial del deudor.
Durante el tiempo de negociaciones, el deudor tiene el derecho de pedir expresamente que el concurso no sea publicado en los registros pertinentes. Así, queda el estado financiero del deudor resguardado ante la crítica pública. Entonces el deudor cuando logré obtener su refinanciación, lo hará sin el estigma social que implica incurrir en concurso de acreedores.
Luego de transcurridos los 3 meses, a partir de la comunicación al juzgado, el deudor tendrá que pedir el testimonio de concurso en el siguiente mes hábil, haya o no alcanzado un convenio de refinanciación.
Fases del Concurso de Acreedores
Son 4 las etapas que se cumplen al solicitar el concurso de acreedores
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Etapa común.
Esta etapa consta de varias acciones. En primer lugar, se debe solicitar el testimonio del concurso. El juez se encargará de analizar la solicitud. Por otra parte, se emitirá la resolución judicial, allí se explica si se declara el concurso o su desestimación.
Otro punto importante es que, se establecen los activos, los pasivos y se ordenan las deudas existentes en la empresa.
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Etapa de convenio
En esta etapa, se recibirán las propuestas de convenio que el deudor y cualquier acreedor presente. Dichas propuestas tienen que lograr integrar las dos propuestas en un mismo convenio, especificando constantemente una estrategia de pagos cuidadosa.
Las proposiciones de convenio tienen que dar por sentado obligatoriamente la continuidad de la actividad empresarial o profesional del concursado.
Una vez presentadas las propuestas de convenio, los acreedores van a poder votar en la junta de acreedores por la que tengan en cuenta más conveniente a sus intereses. Si alguna iniciativa de convenio recibe la mayor parte suficiente para ser aprobada y no adolece de ningún defecto o infracción, el juez aprobará el convenio.
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Etapa de liquidación
En esta etapa del proceso, el deudor puede solicitar que inicie la liquidación. Igualmente, la liquidación iniciará una vez que no se hayan presentado propuestas de convenio o cuando se presenten acuerdos, pero que no hayan sido aprobados.
Cuando inicia la liquidación, el deudor perderá cada una de sus facultades de gestión y administración, siendo el administrador concursal quien tome esas responsabilidades.
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Etapa de Calificación
En esta etapa se hace un estudio sobre el concurso, con la intención de catalogarlo como fortuito o como responsable. El concurso es considerado culpable una vez que en la generación de insolvencia se aprecie dolo o culpa grave del deudor.
Como puedes ver, lejos de lo que se cree el concurso de acreedores puede ser la solución a la situación difícil de tu empresa, sólo tienes que asesorarte bien y empezar el proceso, te darás cuenta cómo puede ser de ayuda para ti.