¿Cómo paralizar el embargo de una nómina con la Ley de Segunda Oportunidad?

Un procedimiento como el que ocurre con la Ley de la Segunda Oportunidad es capaz de brindar un blindaje total tanto a los inmuebles como a los bienes muebles que posea un individuo moroso. Esto ocurre inmediatamente después de que el deudor estampo su rúbrica ante un notario público, durante una presentación ante un registro mercantil, en el caso que sea una compañía o autónomos la firma se realiza ante la Cámara de Comercio. En el cual todo tipo de embargo quedara de manera automática paralizado.

Esto mismo ocurre con las liquidaciones de bienes y subastas que lleguen a realizarse. Cabe resaltar que este tipo de suspensión es de carácter indefinido y ofrece una solución más factible en un largo plazo durante el concurso de acreedores.

Sin duda alguna esta Ley es una iniciativa perfecta que le permitirá al deudor alcanzar una negociación válida con aquellas entidades que buscan reducir las deudas de manera notable en cuotas mensuales. Por esta razón es importante la fase extrajudicial de acuerdos de pagos, porque es cuando se negocian varias propuestas con las entidades financieras a través de la intervención de un mediador concursal profesional.

Durante esta negociación se busca llegar a un acuerdo que permita contar con un plan de pagos conveniente a la capacidad financiera de la compañía dentro de un calendario establecido.

Es importante recordar que durante un procedimiento de embargo todos los bienes que dispone el deudor ya sea una persona física como jurídica le son retenidos por incumplir con el pago de sus deudas. Una vez que los bienes le son embargados ya su dueño no podrá disponer de ellos, por ejemplo, al serle embargado un local comercial o un automóvil, tú como dueño ya no vas a poder ni alquilarlo ni vender estos bienes.

Existen dos clases de embargos, como lo son:

  • Embargos preventivos

Son aquellos embargos donde tus bienes quedan inmovilizados, pero están en tu poder, ya que quedan como especie de garantía de pago para una deuda, por lo tanto, no vas a poder tener la capacidad de disponer de ellos.

  • Embargos ejecutivos

Es un tipo de embargo más radical que se realiza a través de subasta o mediante el pago de una deuda, pero aquí no vas a tener los bienes embargados en tu poder.

Como puedes ver los embargos son unos de los procesos más amargos y por ende problemáticos que ocurren cuando no se realiza el pago de una deuda dentro del plazo establecido. Pero tranquilo el procedimiento de embargo dentro de la Ley de la Segunda Oportunidad ya no será factible. En caso de tener dudas te invitamos a seguir con la lectura hasta el final, ya que vas a poder conocer más a fondo como esta Ley puede beneficiarte evitando que embarguen tus bienes.

¿Cuál es el límite de un embargo de nómina?

Los límites de un embargo están enmarcados dentro de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en la cual te revelara que bienes son los embargables y cuáles son los inembargables.

En cuanto los bienes inembargables son:

  • Derechos de accesorios
  • Bienes que no tengan un contenido a nivel patrimonial o estén declarados expresamente inembargables, entre ellos tenemos bienes profesionales, un ajuar familiar o algún objeto religioso.
  • Los salarios, los sueldos y pensiones que tengan una cuantía superior o no exceda los 900 euros al mes.
  • Aquellos sueldos y salarios que excedan los 900 euros al mes se podrán embargar el 30%.
  • En caso de que la cantidad oscile entre el doble o más allá del triple del SMI se podrá embargar el 50%
  • En el supuesto que la cantidad varié desde el triple hasta el cuádruple del SMI se puede embargar el 60% de esto.
  • Si la cuenta del SMI es superior hasta el quíntuple, es posible embargar el 75%.
  • Más allá del quíntuple monto del SMI, es embargable el 90%.

Como antes mencionamos, los embargos tienen un límite dentro del derecho de propiedad, por lo que el ordenamiento queda facultado por las autoridades públicas.

Entre las autoridades públicas están:

  • Seguridad Social
  • Las Administraciones Públicas como la AEAT
  • Hacienda Pública
  • Los Tribunales y Juzgados

¿Puedo detener un embargo de nómina con la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad?

En efecto, gracias a esta Ley vas a disponer de opciones para librarte de un embargo. En este sentido vas a poder alegar algunos defectos durante el procedimiento si es que los hay, un ejemplo de ello es: en caso de no haber recibido las debidas notificaciones o no se te presenten las alegaciones.

Vas a poder negociar la reestructuración de las deudas cuando tu acreedor o grupo de acreedores sean privados. En caso de ser entes públicos vas a tener la posibilidad de fraccionar o aplazar las deudas, pero es difícil que pueda haber una renegociación. También tienes la posibilidad de oponerte a un pago, un depósito o una prescripción, en caso de haberlo.

Recuerda que te acoges a esta Ley una vez que presentas en tu expediente la declaración que es requerido en la Ley de Segunda Oportunidad. Una vez hecho esto los embargos establecidos quedarán suspendidos. Sin embargo, debes tener presente que este procedimiento dispone de varias fases.

  1. La primera fase es el acuerdo de pagos de tipo extrajudicial. Aquí vas a tener la oportunidad de negociar una reestructuración de los créditos que debes pagar, pero con la debida ayuda de un mediador concursal. Ten presente que en este procedimiento es necesario someterte a unas reglas administrativas muy estrictas.
  1. Esta segunda fase se aplica cuando no hay éxito en la primera fase, aun en esta fase los embargos continúan suspendidos y además no se podrá presentar ningún tipo de demandas ejecutivas adicionales.

Mediante la realización de cada uno de estos trámites es posible suspender o paralizar los embargos. Si esto no fuera poco, en caso de tener éxito en el procedimiento concursal vas a poder disfrutar del beneficio de la exoneración de tus deudas de manera parcial o total lo que a su vez se cancelaría de manera definitiva cualquier tipo de ejecución judicial o de tipo administrativo.

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